17 ene 2017 ~ ~ Etiquetas: ,

El TSJA deniega una indemnización millonaria a una constructora por la zona arqueológica de Castilleja de Guzmán


La.
Una empresa reclamaba 1,76 millones de euros por truncar las administraciones la construcción de un geriátrico proyectado en el entorno del dolmen de Montelirio.
Fernando Barroso/MRN Aljarafe

El rico legado histórico que atesoran los términos municipales de Valencina de la Concepción y Castilleja de Guzmán, habitados durante la Edad del Cobre por un antiguo y primitivo asentamiento humano, no deja de deparar novedades que incluso van más allá de las siempre atractivas investigaciones científicas. En esta ocasión, de hecho, las noticias llegan de la mano del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Y es que la sala de lo Contencioso Administrativo de dicha instancia judicial ha emitido una sentencia, resolviendo la impugnación promovida por la entidad mercantil Fomento de la Edificación S.A. (Foedisa), contra los actos del Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán y la Junta de Andalucía que desestiman su “reclamación indemnizatoria” de más de 1,76 millones de euros, después de que en 2010 unas 779,16 hectáreas de Valencina y Castilleja fuesen declaradas como Zona Arqueológica por sus abundantes vestigios prehistóricos, extremo que truncó el proyecto de construir una residencia para mayores en una parcela adquirida inicialmente por la citada sociedad mercantil.

Según desgrana la sentencia, recogida por MRN Aljarafe, en 2006 Foedisa adquirió por 901.518 euros la parcela bautizada como M3 del plan parcial número cuatro de Castilleja de Guzmán, donde allá por 1998 había sido descubierto el dolmen de Montelirio. Se trata, cabe recordarlo, de un espectacular monumento megalítico caracterizado por un corredor de unos 39 metros de longitud, una cámara principal de 4,75 metros de diámetro y una cámara secundaria de 2,7 metros de diámetro, enterrado bajo un túmulo de 2,75 metros de altura.

Un año después de adquirir los terrenos, marcados por el mencionado hallazgo, Foedisa suscribió “un contrato privado de compraventa” con la sociedad Reciti Mayores, al objeto de traspasarle la titularidad de la finca por algo más de 1,2 millones de euros, “para la construcción de un geriátrico o centro de mayores”. La iniciativa incluso contaba con un “informe favorable” del arquitecto municipal de Castilleja de Guzmán.

DESCUBRIMIENTOS ARQUEOLÓGICOS

No obstante, las excavaciones arqueológicas de carácter preventivo acometidas en el Plan Parcial número cuatro de Castilleja de Guzmán al tratarse de una zona aledaña al dolmen de Montelirio, descubierto como se ha señalado en 1998, desencadenaron el hallazgo de más vestigios históricos que, como bien señala la sentencia del TSJA, “abarcaban desde la Prehistoria hasta la época romana”. La sentencia, al respecto, señala especialmente el hallazgo de “tres nuevos enterramientos de época prehistórica” y “restos” de otras cuatro sepulturas de la misma antigüedad, así como “cimientos de un muro de época romana”.

Dichos descubrimientos, objeto de una intensa controversia en aquellos años, así como otros aspectos relacionados siempre con el rico patrimonio histórico de todo el citado entorno, motivaron que finalmente, el plan parcial número cuatro y por ende su finca M3 fuese incluido en el decreto emitido en 2010 por la Junta de Andalucía, declarando como Zona Arqueológica 779,16 hectáreas de Valencina y Castilleja. La medida implicaba una “protección integral” del entorno que reducía las intervenciones permitidas “únicamente” a las actuaciones destinadas a potenciar los recursos culturales y paisajísticos.

Este extremo, como es natural, motivó que el arquitecto municipal de Castilleja acabase declarando que ya no era “viable” el proyecto de construir un geriátrico en la parcela M3, con lo que Reciti emprendió la “resolución del contrato” de compraventa de los suelos a Foedisa, obteniendo incluso una sentencia que “obligaba” a esta última sociedad mercantil a “devolver las respetivas prestaciones” a Reciti.

“RECLAMACIÓN INDEMNIZATORIA”

Dado el caso, Foedisa promovió una “reclamación indemnizatoria” ante el Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán y la Junta de Andalucía, solicitando a tales administraciones unos 1,76 millones de euros “más los intereses”, por el “no aprovechamiento de las consecuencias económicas” de la adquisición de la mencionada parcela, impugnando después ante la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA la desestimación de sus peticiones de indemnización.

La sentencia de la sección tercera de dicha instancia judicial, en ese sentido, desestima el recurso de Foedisa, declarando “ajustado a derecho” el rechazo de tales peticiones de indemnización. Porque aunque la actuación de las administraciones ha ocasionado “daños y perjuicios a Foedisa”, la inclusión de la citada parcela en la declaración de Zona Arqueológica de 2010 con las consiguientes restricciones urbanísticas responde a “un ejercicio razonable de las potestades administrativas”, pues en las prospecciones arqueológicas acometidas en la zona habían sido descubiertos “restos arqueológicos” de valor.

Es más, el TSJA recuerda que Foedisa “conocía desde el principio la probable existencia de restos arqueológicos en su parcela y las cautelas impuestas por el planeamiento urbanístico, así como la necesidad de conservación de los vestigios que pudieran aflorar”, condenando incluso a la empresa a sufragar los costes del litigio judicial.

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