La sentencia recuerda que los restos arqueológicos eliminados estaban catalogados y tenían un "valor incalculable".
15/01/2012. Diario de Sevilla.
Un vecino de Guillena ha sido multado con 540 euros por un delito contra el patrimonio histórico por imprudencia grave, al destruir unos restos romanos "de valor incalculable" en el paraje Piedra Horadada de la localidad, incluido en el catálogo de yacimientos arqueológicos de Andalucía. La sentencia del juzgado de lo Penal 1 recoge que el acusado J. C. G. era dueño de una finca rústica destinada a explotación agraria, dentro de la cual se encontraba un yacimiento de la época romana con "abundantes materiales cerámicos y muros de mampostería sobre cimientos de ladrillo".
Además, había fragmentos de ladrillos, tegulae, desechos de horno, ladrillos de columnas, y cerámica "sigilata hispanica" y "sigilata clara", añade la sentencia. El juez explica que el acusado llevó a cabo en el año 2007 unos movimientos de tierra con retroexcavadora que "arrasaron las estructuras y eliminaron sus materiales", por lo que no ha sido posible la reposición del yacimiento a su estado original y se ha causado "un daño incalculable al patrimonio histórico".
Junto a la multa, J. C. G. es condenado a indemnizar a la consejería de Cultura en 10.000 euros, en una sentencia alcanzada por conformidad del acusado después de la rebaja en la petición del fiscal al no considerar demostrado que el propietario "conociera la calificación arqueológica de los restos de edificación" que tenía su terreno.
Precisa el veredicto que el lugar había sido revisado y delimitado durante una prospección arqueológica en 2006 del Ayuntamiento de Guillena, que había catalogado la zona como "de protección arqueológica". Por ello, estaba prohibido cualquier movimiento de tierras no directamente relacionado con el trabajo arqueológico. Según el juez, en octubre de 2007 el acusado, "sin pedir autorización ni licencia y sin recabar asesoramiento o información, a pesar de lo visible de los restos de la construcción" hizo movimientos de tierra con ayuda de una retroexcavadora que destruyeron totalmente las estructuras verticales en superficie.
1 comentario:
€540?!
Eso no es una condena, sobre todo teniendo en cuenta que no es un indigente sino un hacendado que saca provecho económico de esa destrucción.
€540,000 y 10 años de cárcel por lo menos!
No hay justicia!
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