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El Tribunal Supremo anula la declaración como BIC de una hacienda histórica de Gelves

La Junta de Andalucía tardó 24 años en concluir el expediente administrativo. La ley establece un plazo de 20 meses para la calificación definitiva.
10/06/2012. El Mundo.

El Tribunal Supremo ha anulado la declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) de la Hacienda San Ignacio de Torrequemada de Gelves (Sevilla) dado que el expediente tardó 24 años en tramitarse, superando el plazo legal de 20 meses.

La sala de lo Contencioso del Supremo confirma en una sentencia la decisión anterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) porque entre la incoación del expediente, el 7 de marzo de 1983, y la resolución del mismo, el 22 de mayo de 2007, se superó el plazo de 20 meses que fija la Ley de Patrimonio Histórico Español.

La Hacienda es un ejemplo de los inmuebles rurales del Aljarafe sevillano, fusiona la arquitectura vernácula con la urbana del Barroco y las influencias arquitectónicas de los jesuitas y destaca por la extensión de su planta y su conservación, con espacios "apenas transformados gracias al mantenimiento de los usos residenciales y agrícolas", según informó la Junta al declararlo BIC.

La resolución de la Junta fue recurrida por los propietarios, que alegaron la paralización del expediente durante 24 años "por causas no imputables a los recurrentes".

Ahora, el TS confirma la decisión del TSJA y rechaza el recurso de la Junta, que alegó que las declaraciones incoadas antes de la Ley de Patrimonio Histórico de 1985 "se regían por la normativa en virtud de la cual fueron iniciados, la cual no establecía plazo de resolución".

Obligaciones de la Ley de 1991

Si bien dicho aspecto es cierto -dijo el TSJA- también lo es que la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía de 1991 obligaba a terminar los expedientes iniciados antes de la entrada en vigor de dicha norma en tres años e incluir en ese plazo los monumentos en el Catálogo General de Patrimonio Histórico Andaluz.

La sentencia también rechaza aplicar a este caso tres resoluciones del Supremo sobre caducidad de expedientes porque "no existe en modo alguno" la identidad de supuestos, que en aquellos casos se referían a expedientes de extranjería.

La Hacienda San Ignacio, concebida para la explotación del olivar, se construyó a principios del siglo XVIII, coincidiendo con un momento de esplendor de la economía rural que motivó el desplazamiento de las clases acomodadas y de la aristocracia desde las ciudades al campo, adonde también se trasladaron los esquemas de la arquitectura culta de la época.

El origen de la finca se remonta a la alquería musulmana de Caxar, que en el reparto de tierras tras la conquista cristiana se donó al noble castellano Gonzalo García de Torrequemada, de donde proviene su nombre. Tras pasar por distintas manos, el caserío actual fue adquirido en 1735 para la Compañía de Jesús, que lo explotó durante veinticinco años hasta que pasó a propietarios particulares.

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