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Queja de oficio por el papel de las administraciones con la escuela de hostelería de Castilleja de Guzmán

El TSJA ya falló, en una sentencia ratificada por el Supremo, que la modificación del planeamiento urbano tenía como destino no los “intereses generales, sino intentar enmendar una actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento”.
04/04/2014. El Correo.

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha incoado una actuación “de oficio” sobre el papel jugado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y el Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán (Sevilla), gobernado por Carmelo Ceba (PSOE), al “intentar enmendar” la “ilegalidad” derivada de la construcción de la escuela de hostelería, toda vez que en 2014 el Tribunal Supremo (TS) confirmó una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ordena demoler el edificio.

El conflicto deriva del recurso de un colectivo de vecinos de dicho municipio contra la aprobación definitiva, en 2009, de una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Castilleja en lo referente a la ordenación y nueva delimitación de las parcelas de espacios libres y equipamientos ubicadas entre las calles Álvarez Quintero y Gustavo Adolfo Bécquer. Según el fallo del TSJA, ratificado en 2014 por el Tribunal Supremo, esta modificación del planeamiento urbano tenía como destino no los “intereses generales, sino intentar enmendar una actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento”, en lo que se refiere a la reordenación en la que se encuadraba el proyecto de escuela de hostelería, dado que los trabajos estaban ya en marcha cuando prosperó la modificación del planeamiento. Y es que los 16.012 metros cuadrados dedicados a la escuela de hostelería, según la modificación de las normas subsidiarias de Castilleja aprobada en 2001, estaban inicialmente declarados espacios libres y se permitía sólo la construcción de instalaciones “al aire libre”, quioscos, bares o equipamientos culturales al aire libre.

“Los referidos antecedentes son determinantes de que la modificación no obedeció a la búsqueda de los intereses generales, sino a intentar enmendar una actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento”, señalaba el fallo del TSJA confirmado por el Supremo en una sentencia recogida por Europa Press. Asimismo, la sentencia del Supremo recogía que la modificación urbanística en cuestión “no puede encontrar amparo jurídico” porque “no perseguía una finalidad racional de satisfacción de intereses generales (...), sino intentar legalizar una actuación urbanística”. “En la parcela se infringió el orden jurídico urbanístico con la construcción realizada antes de la modificación del plan general” y “con la modificación no puede encontrar cobijo la actuación pues la finalidad de la modificación ha sido espuria”, señala.

Con esta sentencia sobre la mesa, el TSJA requirió a la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento que informasen sobre qué actuaciones y resoluciones habían adoptado para demoler el edificio en cuestión, tras lo cual la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, según la información recogida por Europa Press, decidió incoar una actuación “de oficio” sobre el papel jugado por las administraciones en este asunto.

Y es que el departamento de Maeztu recuerda que conforme a una queja promovida por el colectivo de vecinos protagonistas de la denuncia, la Dirección General de Inspección de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Vivienda, de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, informó a la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz que en 2009 había remitido “un nuevo escrito al Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán, en el que le solicitaba la remisión de las resoluciones que se adoptaran en el procedimiento de revisión (urbanística) iniciado”.

Esta dirección general de la Junta de Andalucía, en ese sentido, solicitaba al Ayuntamiento “la nulidad” de la licencia de obras concedida para levantar la escuela de hostelería, reclamando además la suspensión de la citada revisión del planeamiento urbano. Por eso, el departamento de Maeztu muestra su “sorpresa”, ya que “en lugar de haber hecho un seguimiento de la resolución adoptada por la dirección general y adoptar las medidas oportunas para exigir su cumplimiento, se puede leer en los medios de comunicación que la Consejería lo que hizo fue aprobar la modificación del planeamiento urbano para enmendar una actuación de ilegalidad provocada por el propio Ayuntamiento”.

Así, la oficina de Maeztu pide informes tanto a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, como al Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán, para aclarar “los motivos por los que no se realizó un seguimiento de la resolución adoptada para su ejecución y se aprobó la modificación del planeamiento en un intento de legalizar la actuación en vez de instruir la anulación de oficio de la licencia otorgada”. Además, demanda también saber “si se van a iniciar actuaciones para determinar si se ha incurrido en responsabilidad por parte de las autoridades o funcionarios”.

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